La Guardia Civil intervino cinco servales africanos (Leptailurus serval) en Las Palmas de Gran Canaria e investiga a tres personas por la presunta cría y tenencia ilegal de estos felinos silvestres, según la información difundida el 5 de noviembre de 2025. Los animales habrían entrado presuntamente en territorio español sin autorización CITES y sin pasar por control aduanero ni sanitario. Tras el decomiso quedaron alojados en instalaciones acreditadas receptoras CITES. Las tres personas están investigadas en calidad de presuntos responsables y les ampara la presunción de inocencia.
Qué se ha intervenido y en qué situación quedan los animales
La actuación afecta a cinco ejemplares vivos, que no han sido sacrificados sino trasladados a centros habilitados para recibir fauna decomisada. Este punto no es menor: en las intervenciones sobre especies protegidas el destino de los animales condiciona buena parte del operativo, porque un decomiso solo es viable si existe un lugar capaz de hacerse cargo de ellos de forma inmediata y sostenida en el tiempo.
El serval no es un animal doméstico. Es un felino silvestre africano de tamaño medio, de patas largas y hábitos cazadores, con necesidades de espacio, alimentación y enriquecimiento que difícilmente se cubren en un domicilio particular. Su presencia en el mercado de mascotas exóticas —y la de sus híbridos con gato doméstico— ha crecido en los últimos años, con problemas asociados de bienestar animal, seguridad y trazabilidad sanitaria.
Qué es CITES y por qué importa aquí
CITES es el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, el instrumento internacional que regula la circulación transfronteriza de ejemplares de especies incluidas en sus apéndices. En la Unión Europea se aplica a través de reglamentos propios, y en España su gestión implica a las autoridades administrativas competentes y a los servicios de inspección en frontera.
En la práctica, mover legalmente un animal de una especie CITES exige documentación que acredite su origen legal y permisos de exportación e importación, además de los controles aduaneros y sanitarios correspondientes. La ausencia de esa documentación es precisamente lo que se investiga en este caso: no se cuestiona la existencia de los animales, sino si llegaron por un cauce autorizado y si su cría y tenencia contaban con cobertura legal.
Qué es una instalación acreditada receptora CITES
Cuando se incauta fauna protegida, los ejemplares no pueden devolverse sin más ni permanecer en dependencias policiales. La normativa prevé que sean depositados en centros de rescate acreditados, instalaciones autorizadas por la administración que reúnen condiciones para alojar a determinadas especies: recintos adecuados, personal cualificado, atención veterinaria y protocolos de cuarentena.
Estos centros asumen la custodia de los animales mientras el procedimiento sigue su curso, lo que puede prolongarse durante meses o años. Solo cuando existe una resolución firme se decide el destino definitivo, que puede ir desde la permanencia en el centro o el traslado a otra instalación hasta, en supuestos concretos y poco frecuentes en especies como esta, la reubicación en un programa de conservación. El regreso al medio natural rara vez es una opción para animales nacidos o criados en cautividad fuera de su área de distribución.
La dimensión sanitaria y la vía penal
La entrada de un animal sin control aduanero ni sanitario añade un problema que va más allá de la documentación: elude la vigilancia frente a enfermedades transmisibles y, en el caso de un carnívoro, los controles asociados a la rabia y a otras patologías sujetas a requisitos específicos de importación. Ese es el motivo por el que la normativa de sanidad animal y la de comercio de especies protegidas operan de forma paralela y ambas resultan exigibles.
En el plano jurídico conviene distinguir las dos vías posibles, que no son intercambiables. Los hechos relacionados con el tráfico de especies protegidas pueden constituir presuntos delitos contra la flora y la fauna previstos en el Código Penal, cuya apreciación corresponde en exclusiva a los juzgados y tribunales tras el correspondiente procedimiento. Con independencia de ello, la normativa administrativa sobre comercio de especies, sanidad animal y tenencia de animales potencialmente peligrosos contempla su propio régimen sancionador, que tramitan las administraciones competentes con plazos, sanciones y recursos distintos de los penales. La información disponible no permite precisar por cuál de esas vías, o por ambas, avanzan las actuaciones.
Presunción de inocencia
Las tres personas figuran como investigadas, una condición procesal que garantiza derechos de defensa y que no implica culpabilidad ni prejuzga el resultado del procedimiento. Radar Animal no publica sus nombres, que tampoco constan en la fuente. El proceso sigue abierto; Radar Animal actualizará esta información si se conoce una resolución judicial o administrativa posterior.
Lo que queda por confirmar
La información disponible no precisa la fecha exacta de la intervención ni el nombre de la operación, ni detalla cómo se detectaron los hechos o desde qué país habrían llegado presuntamente los animales. Tampoco consta si los cinco ejemplares fueron localizados en un mismo lugar ni cuál es su edad, sexo o estado sanitario en el momento del decomiso.
No se especifica qué instalaciones acreditadas se han hecho cargo de ellos, si están en Canarias o en la Península, ni si se ha detectado la existencia de una cría organizada con fines comerciales o de ejemplares adicionales. Falta igualmente saber qué delitos o infracciones concretas se atribuyen a las personas investigadas, si el asunto ha sido judicializado y si se ha abierto en paralelo un expediente administrativo sancionador. Radar Animal actualizará esta ficha cuando se conozcan datos oficiales adicionales.
Fuentes: Animal’s Health, información publicada el 5 de noviembre de 2025 — https://www.animalshealth.es/animaladas/investigadas-tres-personas-por-cria-tenencia-ilegal-felinos-salvajes-canarias






