La Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Castilla y León ha formalizado, mediante resolución publicada en el Boletín Oficial de la comunidad, la Zona de Restricción Adicional (ZRA) frente a la enfermedad de Newcastle que ya se había anunciado en las notas del MAPA. La resolución, fechada el 31 de julio, se ha publicado en el BOCYL del 5 de agosto y establece un plan de control y vigilancia intensificada, con dieciséis medidas repartidas en tres niveles territoriales.
Trece áreas veterinarias, cinco provincias
La ZRA agrupa trece unidades veterinarias en cinco provincias: cinco en Valladolid, cuatro en Segovia, dos en Ávila, y una en cada una de Salamanca y Zamora. En términos de municipios de referencia, incluye Arévalo y San Pedro del Arroyo (Ávila); Cantalejo, Carbonero, Cuéllar y Santa María la Real de Nieva (Segovia); Peñaranda de Bracamonte (Salamanca); Medina del Campo, Olmedo, Peñafiel, Tordesillas y la propia Valladolid; y Toro, en Zamora.
Toro es la incorporación más reciente: entra ahora en la zona de vigilancia, un nivel de control menos estricto que la zona de protección más cercana a un foco, pero que igualmente conlleva restricciones de movimiento y refuerzo de la vigilancia.
Por qué una zona «adicional», y no solo más zonas de restricción normales
La diferencia con el sistema de restricción habitual, por radios de 3 y 10 kilómetros alrededor de cada foco, ya se explicó en la actualización del MAPA del mismo día 4: la ZRA no se calcula por distancia geográfica estricta, sino por unidades veterinarias completas, incluyendo las colindantes a las ya afectadas, con el objetivo de una gestión epidemiológica homogénea en todo el territorio con relaciones ganaderas conectadas entre sí.
Las medidas incluyen la regulación de movimientos de aves, condiciones específicas para el sacrificio de animales afectados, encuestas de bioseguridad en granjas no sospechosas dentro de la zona, y vigilancia epidemiológica constante en todas las explotaciones del área.
Qué deben hacer los titulares de explotaciones
Para quien tenga una explotación avícola, incluidas las de autoconsumo, dentro de alguna de estas trece unidades veterinarias, las obligaciones son las ya conocidas de las notas anteriores: cumplir la pauta de vacunación exigida según la edad de las aves, mantener las medidas de bioseguridad reforzadas y comunicar cualquier signo de enfermedad a los Servicios Veterinarios Oficiales sin demora. La vacunación obligatoria en toda la comunidad, más allá de las zonas de restricción, entra en vigor el 1 de septiembre.
Fuentes: Boletín Oficial de Castilla y León, Resolución de 31 de julio de 2026, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, publicada el 5 de agosto de 2026.






