La Comisión Europea ha actualizado los modelos de certificado zoosanitario que amparan el movimiento de perros, gatos, hurones y otros carnívoros dentro de la Unión Europea y su entrada desde terceros países. La norma es el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/848, de 10 de abril de 2026, que modifica los anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403.
Antes de seguir, el aviso que evita el susto: esto no afecta a quien se va de vacaciones con su perro. Es otra cosa, y la distinción importa.
Qué cambia y para quién
Se actualizan tres modelos de certificado:
| Capítulo | Modelo | Para qué |
|---|---|---|
| 61 | CANIS-FELIS-FERRETS-INTRA | Movimientos entre Estados miembros |
| 63 | OTHCARN-INTRA | Otros carnívoros, entre Estados miembros |
| 38 | CANIS-FELIS-FERRETS | Entrada en la Unión desde terceros países |
Estos certificados amparan desplazamientos sujetos a control zoosanitario oficial: traslados comerciales, movimientos de criadores, envíos entre centros, importaciones y determinados casos de animales que se mueven sin su propietario o en número superior al que la normativa considera un viaje particular.
El viaje turístico ordinario con tu animal sigue funcionando con el pasaporte europeo para animales de compañía, microchip y vacunación antirrábica en regla. Ese sistema no se toca aquí.
La confusión entre ambos regímenes es la fuente número uno de problemas en frontera. Si te mudas a otro país con tu gato, si compras un cachorro en otro Estado miembro, si el animal viaja sin ti o si sois muchos animales, entras probablemente en el régimen que estos certificados regulan.
Dónde está exactamente la frontera
El umbral suele contarse como si fuera difuso, y no lo es. Un desplazamiento cuenta como viaje particular —sin ánimo comercial— cuando se cumplen tres condiciones a la vez:
- Cinco animales o menos. Hay excepción para concursos, exposiciones y actividades deportivas debidamente documentadas, con animales de más de seis meses.
- Sin finalidad comercial y sin transferencia de propiedad.
- Acompañados por su propietario o por una persona responsable en su nombre. El animal puede hacer el trayecto por separado, pero como mucho con cinco días de diferencia respecto al viaje del propietario, antes o después.
Si falla cualquiera de las tres, el movimiento deja de ser un viaje particular y pasa al régimen de certificado oficial que regulan los modelos de arriba.
Las dos fechas
Aquí es donde hay que fijarse, porque circula una sola fecha cuando en realidad son dos, y funcionan en cadena:
17 de octubre de 2026 — último día para expedir un certificado con los modelos antiguos.
17 de enero de 2027 — último día de validez de esos certificados antiguos, siempre que se hayan expedido antes de la fecha anterior.
Dicho de otro modo: un certificado emitido el 16 de octubre de 2026 sigue siendo válido hasta enero de 2027. Uno emitido el 18 de octubre con el modelo viejo, no vale.
El reglamento entró en vigor el 17 de abril de 2026 y se aplica desde el 22 de abril de 2026, de modo que los modelos nuevos ya están operativos. El periodo hasta octubre es de convivencia entre ambos.
Qué hacer si te afecta
- Averigua primero en qué régimen estás. ¿Viaje particular con tu animal, o movimiento sujeto a certificado oficial? La respuesta depende del motivo del desplazamiento, de si el animal viaja contigo, de cuántos animales son y de si hay una transacción comercial detrás.
- Si es lo segundo, habla con el veterinario oficial o con los servicios veterinarios de tu comunidad autónoma. Estos certificados no los expide cualquier clínica: requieren intervención oficial y se tramitan por el sistema TRACES.
- Si tienes un movimiento previsto para finales de 2026, mira el calendario. Un certificado tramitado con el modelo antiguo cerca del 17 de octubre puede dejarte con poco margen.
- Comprueba siempre el país de origen y el de destino. Los requisitos no son los mismos para un movimiento intracomunitario que para una entrada desde fuera de la Unión.
Lo que no cambia
Ni el microchip, ni la vacunación antirrábica, ni el pasaporte europeo para animales de compañía. Los requisitos sanitarios de fondo siguen donde estaban: lo que se ha actualizado es el formato del documento oficial que los acredita en los movimientos controlados.
Es una reforma administrativa, no un endurecimiento. Pero las reformas administrativas tienen la costumbre de detener animales en frontera cuando alguien llega con el papel equivocado.
Fuente: Reglamento de Ejecución (UE) 2026/848 de la Comisión, de 10 de abril de 2026, consultado en EUR-Lex, y portal de movimientos de animales vivos de la Comisión Europea. Las condiciones del viaje particular proceden de la guía oficial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, consultada el 27 de agosto de 2026.






