Normativa

El BOE publica la nueva Ley de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid

17 de septiembre de 2026

Ciervo sobre un roquedo en el monte mediterráneo madrileño al amanecer
Imagen ilustrativa generada con IA.

El «BOE» número 213, de 29 de agosto de 2026, publica la Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid. La norma es autonómica —la aprobó la Asamblea de Madrid en julio—, y su aparición en el Boletín Oficial del Estado es el trámite habitual de publicación de las leyes de las comunidades autónomas.

Qué abarca

La ley regula, según su propio contenido:

  • La caza y la pesca en el territorio de la Comunidad.
  • El control poblacional y la gestión de especies.
  • Las explotaciones cinegéticas y la acuicultura.
  • El régimen sancionador y las obligaciones administrativas asociadas.

Es, por tanto, una norma de gestión de fauna silvestre y de actividad cinegética, no una norma de bienestar de animales de compañía. Afecta a especies silvestres, a los terrenos donde se practican estas actividades y a quienes las gestionan.

Por qué le interesa a quien sigue el bienestar animal

Aunque no hable de perros ni de gatos, una ley de caza toca de lleno tres asuntos que sí son de bienestar animal: el control de poblaciones —cómo y con qué métodos se reducen—, la gestión de especies —cuáles se consideran cinegéticas y en qué condiciones— y el régimen sancionador, que es donde se define qué conductas se persiguen y con qué consecuencia.

También afecta a los perros de caza, aunque su estatuto jurídico general venga determinado por la normativa estatal de protección animal.

Qué no sabemos

Este artículo se ha redactado sobre la ficha de publicación del BOE: identificación de la norma, fecha, boletín y materias que regula. No hemos analizado el articulado, así que no podemos decir todavía qué cambia respecto a la regulación anterior, qué métodos de control autoriza o prohíbe, ni cómo queda el régimen sancionador en detalle.

Tampoco consta aquí la fecha de entrada en vigor: hay que consultarla en las disposiciones finales del texto.

Es una norma extensa y merece una lectura detenida. Si detectamos cambios relevantes para el bienestar animal, volveremos sobre ella.


Fuente: Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid, publicada en el «BOE» núm. 213, de 29 de agosto de 2026 (BOE-A-2026-18282). Consultado el 28 de agosto de 2026.

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