Salud

La UE autoriza la narasina en pollos de engorde con una advertencia que conviene leer si tienes caballos, pavos o conejos: es tóxica para ellos

17 de septiembre de 2026

Un caballo bayo y un conejo en un prado vallado
Imagen ilustrativa generada con IA.

El 19 de agosto entraron en vigor dos autorizaciones europeas de aditivos para piensos. Una es rutinaria. La otra lleva una advertencia sanitaria que interesa a mucha más gente de la que parece.

Narasina: autorizada en pollos, peligrosa en otras especies

El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1860 autoriza el preparado de narasina (Monteban G100) como aditivo para pollos de engorde, con Elanco GmbH como titular, y deroga el reglamento de 2004 que lo regulaba antes. La autorización llega hasta el 19 de agosto de 2036.

La narasina es un coccidiostático ionóforo: sirve para prevenir la coccidiosis, una parasitosis intestinal que golpea con fuerza en avicultura intensiva.

Y aquí está lo relevante. El propio reglamento obliga a que el pienso lleve esta advertencia, literalmente:

«Peligroso para los equinos, los pavos y los conejos. Este pienso contiene un ionóforo: su administración simultánea con determinados medicamentos, incluida la tiamulina, está contraindicada.»

La evaluación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria concluyó que la narasina es tóxica para caballos, pavos y conejos a niveles inferiores a los que se emplean en pollos. No es una precaución de manual: la dosis que es segura para un pollo puede matar a un caballo.

Por qué esto no es solo un asunto de granjas industriales

La vía de intoxicación más habitual con ionóforos no es que alguien se los dé a un caballo a propósito. Es la contaminación cruzada: restos de pienso de pollo en un comedero, en un remolque, en una tolva o en una fábrica que produce para varias especies sin limpiar bien entre lotes.

Si tienes caballos, conejos o pavos y compartes espacio, transporte o proveedor con producción avícola, esa advertencia del saco te concierne directamente. Y la contraindicación con tiamulina —un antibiótico de uso frecuente en porcino y aves— es otro punto a vigilar, porque la interacción entre ambos agrava la toxicidad.

La otra autorización: aceite esencial de tomillo

El Reglamento (UE) 2026/1865, del mismo día, autoriza el aceite esencial de tomillo obtenido de Thymus vulgaris y/o Thymus zygis como aditivo para todas las especies animales, incluidos perros y gatos.

Es un aditivo organoléptico del grupo de los aromatizantes: está ahí por el olor y el sabor, no como medicamento. Los niveles máximos van de 38 a 100 mg por kilo de pienso completo según la especie, con condición expresa de que no se use junto a otras fuentes de timol, para no acumular.

Las fechas, iguales en los dos

Hito Fecha
Adopción 29 de julio de 2026
Publicación en el DOUE 30 de julio de 2026
Entrada en vigor 19 de agosto de 2026
Fin de la autorización 19 de agosto de 2036

Como en el resto de reglamentos de aditivos, hay periodos transitorios y no hay que retirar nada del almacén: premezclas hasta el 19 de febrero de 2027, piensos para animales productores hasta el 19 de agosto de 2027, y para no productores hasta el 19 de agosto de 2028.

Qué no cubre esta información

  • No hemos revisado los anexos técnicos completos, donde figuran composición, métodos analíticos y condiciones específicas. Quien fabrique o formule piensos debe ir al texto íntegro.
  • No consta ninguna alerta ni retirada asociada a estas autorizaciones. La advertencia sobre équidos, pavos y conejos es una condición permanente de la narasina, no un incidente nuevo.
  • No hay dosis tóxica publicada en la ficha para caballos, pavos o conejos: la evaluación indica que es inferior a la usada en pollos, sin concretar cifra.

Fuentes

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1860 de la Comisión, de 29 de julio de 2026, sobre el preparado de narasina (Monteban G100) para pollos de engorde. Ficha BOE: DOUE-L-2026-81218.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1865 de la Comisión, de 29 de julio de 2026, sobre el aceite esencial de tomillo. Ficha BOE: DOUE-L-2026-81219.
  • Ambos publicados en el DOUE de 30 de julio de 2026. Consultados el 26 de agosto de 2026.
Cómo se ha elaborado esta información

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